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viernes, 28 de enero de 2011

Indemnización por Accidente laboral

La indemnización por accidente laboral se asemeja a la indemnización por accidente de tráfico en su cálculo, ya que se usa el mismo baremo como el que se publicó ayer en el boe, el baremo 2011. Este baremo establece unas cantidades para cada uno de los conceptos que pueden componer una indemnización, (accidente mortal, incapacidad temporal o incapacidad permanente ).

Reclamar una indemnización por accidente laboral no es nada sencillo, especialmente a lo que se refiere a su cálculo. De las dos jurisdicciones que se usan para la reclamación de una indemnización por accidente laboral (la social y la penal) en la primera, no se suelen contemplar la incapacidad temporal a la hora del cálculo de la indemnización, es decir, no te pagan los 55 euros por día de baja que establece este baremo. Sin embargo en la vía penal, los forenses del juzado si que tienen en cuenta esta incapacidad temporal y están pagando también por ese concepto.
Es por esto por lo que en principio como abogados de accidentes laborales tratamos de reclamar todos los accidentes laborales por esta vida, salvo cuando es tan obvio que no estamos ante un ilicito penal, que tenemos que reclamar por la jurisdicción social

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