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miércoles, 6 de octubre de 2010

Indemnizaciones accidente laboral vs tráfico

Las indemnizaciones por accidente laboral se calculan practicamente de la misma forma que las indemnizaciones por accidente de tráfico. Se usa el mismo baremo de responsabilidad civil pero existen algunas diferencias:

Para reclamar indemnizaciones por accidentes laborales se pueden usar básicamente dos vías, la social y la penal. En teoría la vía penal sólo se debería usar cuando en el accidente se sospeche que haya podido haber un delito contra la salud de los trabajadores y la vía social cuando el accidente se ha producido por una simple negligencia. Los procedimientos obviamente son distintos pero el gran problema surge cuando en la vía social muchos de los jueces sólo contemplan las secuelas para el cálculo de las indemnizaciones obviando las cantidades asignadas a los días de curación o de incapacidad temporal.

Por eso nuestro consejo como abogados especialistas en accidentes de tráfico y tras 8 años de experiencia como abogados de Indemnización por Accidente S.L, es tratar siempre que se pueda de reclamar los accidentes laborales por la vía penal. Muchas veces se corre el riesgo de que te lo archiven, pero entonces te queda la vía social igual que al principio. La realidad es que muchas veces el archivo se produce después de la valoración médico forense por lo que simplemente por esto ya habrá merecido la pena...

El accidente de tráfico también puede ser llevado por la vía penal o por la vía civil, y aquí , aunque no sea el propósito de este blog, volvemos a recomendar la vía penal para la reclamación de las indemnizaciones por accidentes

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